Declaración sobre ética y malas prácticas de publicación

Declaración sobre ética y malas prácticas de publicación

Esta declaración se basa en los lineamientos y estándares desarrollados por el Comité de Ética en Publicaciones (COPE). Para publicar un manuscrito en RALED es necesario cumplir con los estándares de comportamiento ético esperados por todas las partes involucradas en el acto de publicación.: los autores, editores de revistas y revisores. Esta declaración se basa en las “Pautas de buenas prácticas para editores de revistas” del COPE. Detallamos a continuación los estándares que deben ser respetados para publicar textos en nuestra revista. I. Deberes de los editores A. Decisiones de publicación Los editores en jefe de RALED son responsables de decidir qué artículos enviados a la revista deben ser publicados, luego de realizada la revisión ciega por pares de cada manuscrito. Los editores pueden seguir las políticas del Consejo Editorial (editorial board) de la revista y tomarán en cuenta los requisitos legales con respecto a asuntos como difamación, infracción de derechos de autor y plagio. Los editores también pueden consultar con otros editores y revisores para ayudarlos en la toma de decisiones. B. Juego limpio Los editores (y los revisores ciegos) evalúan los manuscritos por su contenido intelectual, independientemente de la raza, el sexo, la edad, la orientación sexual, las creencias religiosas, el origen étnico, la nacionalidad o la filosofía política de los autores. C. Confidencialidad Los editores y cualquier miembro del equipo editorial no deben revelar ninguna información sobre un manuscrito enviado a nadie más que al autor correspondiente, revisores, revisores potenciales u otros asesores editoriales, según sea el caso. D. Divulgación y conflictos de intereses Los materiales no publicados divulgados en un artículo enviado no deben utilizarse en la investigación de los propios editores sin el consentimiento expreso por escrito de los autores. II. Deberes de los revisores ciegos o evaluadores ciegos A. Contribución a las decisiones editoriales. Los revisores ciegos ayudan a los editores a tomar decisiones editoriales mediante la comunicación con los editores y el autor correspondiente. También pueden ayudar a los autores a mejorar los manuscritos por medio de comentarios o solicitud de correcciones obligatorias B. Puntualidad. Cualquier revisor invitado que se sienta descalificado para revisar la investigación presentada en un manuscrito o que sepa que la revisión inmediata, dentro de los plazos acordados, será imposible, debe notificar inmediatamente a los editores y retirarse del proceso de revisión. C. Confidencialidad. Los trabajos recibidos para análisis deben ser tratados por los revisores como documentos confidenciales. No deben mostrarse ni discutirse con otros a menos que los editores lo autoricen expresamente. D. Estándares de objetividad. Las revisiones y opiniones deben realizarse y redactarse de manera objetiva y constructiva. La crítica personal a los autores es inapropiada. Los evaluadores deben expresar sus opiniones con claridad, utilizando argumentos que apoyen su evaluación. E. Reconocimiento de las fuentes. Los revisores deben identificar los trabajos publicados relevantes que no hayan sido citados por los autores. Cualquier declaración de que una observación, derivación o argumento se ha publicado anteriormente debe ir acompañada de una cita de la fuente pertinente. Un revisor también debe llamar la atención de los editores sobre cualquier similitud sustancial o superposición entre el manuscrito en cuestión y cualquier otro trabajo publicado del que tenga conocimiento personal. F. Divulgación y conflicto de intereses. La información privilegiada o las ideas obtenidas al leer los manuscritos deben mantenerse confidenciales y no deben utilizarse para el beneficio personal de los revisores. Los revisores no deben considerar manuscritos en los que tengan conflictos de intereses derivados de la competencia, colaboración u otras relaciones o vínculos con alguno de los autores, empresas o instituciones vinculadas a los manuscritos. III. Deberes de los autores A. Informe de normas y procedimientos. Los autores de los textos originales deberán presentar un relato veraz del trabajo de investigación realizado, así como un análisis objetivo de su significado. B. Los datos subyacentes deben presentarse con precisión en el manuscrito. Un artículo debe contener suficientes detalles y referencias para permitir que otros reproduzcan el trabajo. Las declaraciones fraudulentas o intencionalmente inexactas constituyen un comportamiento poco ético y son inaceptables. C. Acceso y retención de datos. Se puede solicitar a los autores que proporcionen datos sin procesar relacionados con el manuscrito enviado para fines de revisión editorial. Deben estar preparados para proporcionar acceso público a dichos datos (de acuerdo con la declaración conjunta de datos y bases de datos de la Asociación de Editores de Sociedades Estudiosas y Profesionales y la Asociación Internacional de Editores Científicos, Técnicos y Médicos), si es posible, y deben, en cualquier caso, esté preparado para retener dichos datos durante un período de tiempo razonable después de su publicación. D. Originalidad y plagio. Los autores deben asegurarse de haber escrito trabajos completamente originales; si los autores utilizaron el trabajo y / o palabras de otros, deben asegurarse de que estén correctamente citados o referenciados. E. Publicaciones múltiples, redundantes o concurrentes. Los autores no deben publicar manuscritos que describan esencialmente la misma investigación en más de una revista o publicación primaria. Además, la presentación del mismo manuscrito a más de una revista simultáneamente constituye un comportamiento poco ético y es inaceptable. F. Reconocimiento de fuentes. Siempre debe hacerse un reconocimiento adecuado del trabajo de otros investigadores. Los autores deben citar todas las publicaciones que hayan influido en la determinación de la naturaleza y los resultados del trabajo informado. gramo. G. Autoría del artículo. La autoría debe limitarse a aquellos que hayan hecho una contribución significativa a la concepción, diseño, ejecución o interpretación del estudio reportado. Todos aquellos que hayan realizado contribuciones significativas deben figurar como coautores. Si hay otros que participaron en ciertos aspectos sustantivos del proyecto de investigación, deben ser acreditados o enumerados solo como contribuyentes. El autor correspondiente debe asegurarse de que todos los coautores apropiados estén incluidos en el artículo y que no se incluyan coautores inapropiados; También debe asegurarse de que todos los coautores hayan visto y aprobado la versión final del documento y hayan aceptado enviarlo para su publicación. Tras la presentación, se deben proporcionar las direcciones de correo electrónico de todos los coautores. Una vez aceptada por el Comité Editorial, SeD enviará una copia de esta declaración a todos los coautores, para lo cual se esperan expresiones de acuerdo individuales como requisitos para el inicio del proceso de evaluación. Pasado este punto, toda comunicación se realizará únicamente con el autor correspondiente. H. Peligros para humanos o animales. Si el trabajo de investigación involucró productos químicos, procedimientos o equipos que presentan peligros inusuales para humanos o animales, deben estar claramente identificados en el manuscrito. I. Divulgación y conflictos de interés. Todos los autores deben divulgar en el manuscrito cualquier conflicto de interés financiero, profesional o de cualquier otro tipo que pueda interpretarse como un factor influyente en los resultados de la investigación o en la interpretación de esos resultados. Además, se deben divulgar todas las fuentes de apoyo financiero para el proyecto. J. Errores fundamentales en trabajos publicados. Cuando un autor descubre un error significativo o inexactitud en su propio trabajo publicado, es su obligación notificar inmediatamente al Equipo Editorial de la Revista y colaborar con él para retractar o corregir el artículo.