Proceso de evaluación

Pautas por la evaluación

La Revista está especialmente interesada en la publicación de trabajos empíricos sobre la cuestión penal, particularmente los relacionados con el contexto latinoamericano.

Damos preferencia a los trabajos que puedan considerarse como resultado de la investigación criminológica, a autores latinoamericanos y temas de interés de la región.

Los ítems a evaluar son los traducidos en estas preguntas que conforman el formulario de evaluación, que tienen una pequeña explicación entre paréntesis:

  1. ¿El artículo trata un tema relevante (para el ámbito criminológico)?
  2. ¿El artículo es fruto de una investigación científica (menciona metodología, problema, hipótesis, objetivos, fuente de financiación)?
  3. ¿Presenta fuentes fiables para los datos (bases de datos públicos, instituciones de investigación o producción de datos primarios)?
  4. ¿Existe un desarrollo coherente y consistente de los argumentos (no quedan cabos sueltos en el texto, ni se propone llegar a un resultado al que no se llega)?
  5. ¿La lengua utilizada está bien utilizada (se puede escribir en cualquier lengua, siempre que se utilice según las normas de la lengua culta de cada una de ellas)?
  6. ¿Existe alguna aportación al ámbito académico en el área de Criminología (no es sólo una revisión de la literatura, sino que contiene novedades, aunque sea de análisis)?
  7. ¿Se tiene en cuenta el contexto latinoamericano (este ítem no es obligatorio, pero es interesante tener en cuenta)?
  8. ¿Qué recomendaciones se pueden hacer para mejorar el texto (revisión de forma, lagunas del texto que se pueden llenar en una revisión final)?
  9. ¿La valoración global del texto es para publicación o no (un análisis global rápido)?
  10. Evaluación final
    1. Aceptar
    2. Correcciones obligatorias
    3. Enviar nuevamente a evaluación
    4. Enviar a otra revista
    5. Rechazar
  11. Comentarios adicionales

Conflicto de intereses

El conflicto de intereses puede surgir en situaciones de carácter personal, comercial, político, académico o financiero. El Código de Buenas Prácticas Científicas de la FAPESP define un potencial conflicto de intereses como: "Existe un potencial conflicto de intereses en situaciones en las que la coexistencia entre el interés del investigador por avanzar en la ciencia e intereses de otra naturaleza, aunque sean legítimos, pueda percibirse razonablemente, por sí mismo o por otros, como conflictivos y perjudiciales para la objetividad y la imparcialidad de sus decisiones científicas, incluso con independencia de su conocimiento y voluntad” (FAPESP. Código de Buenas Prácticas Científicas. pág. 25. Disponible en: <https://fapesp.br/boaspraticas/FAPESP-Codigo_de_Boas_Praticas_Cientificas_2014.pdf>. Acceso en: 9 de septiembre de 2020) Por tanto la persona evaluadora debe abstenerse de su función de evaluador, por posible conflicto de intereses, cuando mantenga una colaboración científica regular, en investigación, publicación, actividades de orientación o tutoría, o cuando tenga una relación familiar o afectiva con alguno de los investigadores responsables de la propuesta presentada para su evaluación.