diálogos insurgentes
Los orígenes y las investigaciones del ILSA sobre los servicios legales alternativos en América Latina: Entrevista a Annette Pearson
As origens e as pesquisas do ILSA sobre os serviços legais alternativos na América Latina: Entrevista com Annette Pearson
The origins and research of ILSA on alternative legal services in Latin America: Interview with Annette Pearson
Annette Pearson1
1 Instituto Latinoamericano para una Sociedad y un Derecho Alternativos (ILSA), Bogotá, Distrito Capital, Colômbia. E-mail: pearsonanette1@gmail.com.
Freddy Ordóñez Gómez2
2 Universidade Nacional da Colômbia, Bogotá, Cundinamarca, Colômbia. E-mail: freddy@ilsa.org.co. ORCID: https://orcid.org/0009-0000-4326-6157.
Flávia Carlet3
3 York University, Toronto, Canadá e Universidade de Brasília, Brasília, Distrito Federal. E-mail: flaviacarlet27@gmail.com. ORCID: https://orcid.org/0000-0002-7308-364X.
Luiz Otávio Ribas4
4 Instituto de Pesquisa, Direitos e Movimentos Sociais, Rio de Janeiro, Rio de Janeiro, Brasil. E-mail: professorluizribas@gmail.com. ORCID: https://orcid.org/0000-0003-3637-535X.
Submetido em 16/09/2025
Aceito em 25/10/2025
Como citar este trabalho
PEARSON, Annette; ORDÓÑEZ GÓMEZ, Freddy; CARLET, Flávia; RIBAS, Luiz Otávio. Los orígenes y las investigaciones del ILSA sobre los servicios legales alternativos en América Latina: Entrevista a Annette Pearson. InSURgência: revista de direitos e movimentos sociais, Brasília, v. 11, n. 2, jul./dez. 2025. DOI: 10.26512/revistainsurgncia.v11i2.59709.
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Los orígenes y las investigaciones del ILSA sobre los servicios legales alternativos en América Latina: Entrevista a Annette Pearson |
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Entrevista respondida por escrito pela entrevistada em setembro de 2025.
Annette Pearson es abogada por la Universidad de Victoria en Nueva Zelanda, con un posgrado en Criminología por la Universidad de Cambridge, Inglaterra. Residente en Colombia desde 1975. Investigadora de temas socio-jurídicos en Colombia. Miembro del equipo de ILSA - Instituto Latinoamericano de Servicios Legales Alternativos[1] en el período 1982-1986. Apoyo el diseño e implementación de la figura de Casas de Justicia en Colombia para prestar servicios de resolución pacífica de conflictos cotidianos y fortalecimiento de convivencia en zonas marginales de las grandes urbes en 1994 y fue la primera Directora del Programa Nacional de Casas de Justicia.
Docente universitaria en varias universidades. Fue asesora de la Comissión Nacional de Reparación y Reconciliación, CNRR, 2006-2008 en el tema de participación de las víctimas del conflicto. Ocupó el cargo de Vicepresidenta de la Sociedad Mundial de Victimología (2012-2015).
A partir de la firma del Acuerdo de Paz, ha asumido el reto de escribir y hablar sobre las opciones para implementar la justicia restaurativa en el trabajo de las instancias de justicia transicional en Colombia.
En 2017 publicó “Is Restorative Justice a Piece in the Colombian Transitional Justice Puzzle?” (Restorative Justice, An International Journal, 2017, p. 293-308). En los años 2023, 2024 y 2025 ha sido consultora de la Jursidicción Especial de Paz ofreciendo apoyo para los procesos judiciales de justicia transicional restaurativa.
Ha escrito unas 21 publicaciones, principalmente sobre temas del sistema de justicia penal, acceso a la justicia, casas de justicia, victimología, atención a víctimas y justicia restaurativa. En el campo de la consultoría internacional ha aportado su trabajo experto en más de 25 proyectos en países tales como Colombia, Guatemala, El Salvador, Nicaragua, República Dominicana, Panamá, Ucrania, Moldavia y Montenegro.
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Flávia Carlet: ¿Podrías contarnos un poco sobre usted, sobre su experiencia de trabajo en ILSA? ¿Cuándo inició su actuación y cuál fue su papel en esa época en el Instituto?
Annette Pearson: Yo gradué de abogada en la Universidad de Victoria en Wellington, Nueva Zelandia. Sin embargo, no quise litigar porque me había dado cuenta de las limitaciones del sistema de justicia penal para administrar justicia. Habiendo escrito una monografía muy crítica sobre las cárceles para mujeres en Nueva Zelandia, decidí profundizar mis estudios en criminología. Hice un programa de estudios de posgrado en el Instituto de Criminología en la Universidad de Cambridge, Inglaterra, entre 1973 y 1974. Estando allí tuve la oportunidad de conocer la criminología crítica y “La Nueva Criminología para una Teoría Sociológica de la Delincuencia” autores Ian Taylor, Paul Walton y Jock Young, 1973.
Cuando llegué a Colombia en enero, 1975, la criminología apenas estaba empezando a sonar en algunas facultades de derecho. La Universidad Externado de Colombia tenía un grupo de estudio para profesores y estudiantes, liderado por el Dr. Alfonso Reyes Echandía, y me vinculé a ese grupo. Entonces, habiendo trabajado unos meses en el Ministerio de Justicia en el Departamento de Investigación Sociojurídica, pasé a formar parte del equipo del Instituto Ser de Investigaciones en el año 1976. Como reconoce Alfonso Reyes Alvarado en su artículo El Instituto SER y su Aporte a la Administración de Justicia[2]. “Uno de los temas en los que el recién creado Instituto concentró sus esfuerzos fue en la administración de justicia. Resultaba extraño, por decir lo menos, que un grupo de jóvenes investigadores, provenientes en su mayoría de disciplinas alejadas del derecho, como la ingeniería y las matemáticas, se unieran con abogados, sociólogos, economistas y psicólogos para comprender los graves problemas que afrontaba la justicia en ese momento, a comienzos de la década de los 70s.”
En la Primera Conferencia Sobre Organización y Prestación de Servicios Legales en Latinoamérica y el Caribe de la Asociación Interamericana de Servicios Legales ILSA, llevada a cabo en Costa Rica, en octubre del año 1981, se resaltó que la entidad buscaba primordialmente desarrollar vías de apoyo, tanto financiero como de otro índole, en favor de las organizaciones de servicios legales, como también la promoción de la asistencia técnica y de los intercambios de información entre ellas. Además agregó que ILSA se inclina en favor de aquellas que se distinguen por su creatividad en el establecimiento de relaciones de igualdad con los beneficiarios, en el impulso a las vías autogestionarias de las necesidades jurídicas e en la difusión y desmitificación del derecho entre los sectores populares.[3]
Para este fin, el Director de la Oficina Regional de América Latina de ILSA, Fernando Umaña Pavolini, quien también fue el director de Propublicos, decidió reforzar la capacidad de la oficina en Bogotá. Me invitó a trabajar medio tiempo en actividades para la identificación de organizaciones de servicios legales en la región y para desarrollar una red de comunicación con el fin de lograr un grupo amplio e interactivo para defenderse conjuntamente y defender los derechos humanos. Este trabajo me permitió salir del marco del sistema de administración de justicia y empecé a tener contacto con organizaciones, principalmente de abogados, abriendo nuevos espacios de trabajo para lograr que el derecho llegará a atender temas apremiantes de la gente y las comunidades en el contexto de sus territorios.
Freddy Ordóñez Gómez: El origen de ILSA se remonta a las preocupaciones que se dieron y las investigaciones que se impulsaron desde el Inter-American Juridical Committe[4] (IJC) de la OEA sobre cómo el derecho puede y debe ser utilizado como un instrumento para impulsar el cambio social. Posteriormente ILSA se encuentra con las teorías y prácticas críticas del derecho. ¿Cómo fue y en qué fechas se empezó a dar el tránsito a una abogacía crítica o a agenciar unos servicios legales alternativos o innovadores en el inicialmente Inter-American Legal Services Association?
Annette Pearson: Desde los inicios de la década de 1980, yo diría que los servicios legales que se empezó a reunirse a través de las actividades de ILSA eran servicios legales alternativos, sustancialmente diferente en sus propósitos a los servicios legales ofrecidos por los abogados y abogadas tradicionales en sus bufetes, en los consultorios jurídicos universitarios, en los programas de servicios legales pro-bono.
En el libro producido por el Instituto Popular de Capacitación, la Red de Justicia Comunitaria y Corporación Región, Justica Comunitaria y Jueces de Paz: Las Técnicas de la Paciencia[5] se presentan las diferencias percibidas por estas entidades.
Diferencias entre los servicios legales tradicionales y los servicios legales alternativos
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Servicios legales tradicionales |
Servicios legales alternativos |
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Los pobres no pueden pagar un abogado. |
Ejerce la defensa de lo popular, los campesinos, las mujeres, los sindicatos, los presos políticos. |
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Asistencia legal. |
Existe una acción educativa para la transformación. Empoderamiento de la comunidad. |
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Existe para sujetos individuales. |
Para sectores colectivos. |
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Atención para asistir judicialmente en los casos. |
Capacita, apoya, organiza y además propone reformas legales. |
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Se realiza por abogados que desempeñan una función técnico-profesional. |
Incorpora otros sectores interdisciplinarios y a la comunidad misma. |
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Los usuarios no participan en la solución. |
Son protagonistas de las soluciones socioculturales o políticas. |
Los siguientes ejemplos de las organizaciones que formaban parte de la red de entidades de servicios legales alternativos de ILSA, en el período 1982 y 1986 (los años durante los cuales trabajé en ILSA), brindarán detalles de estos servicios.
En 1982 dictaduras militares controlaban buena parte de Suramérica, a saber en Panamá, Brasil, Argentina, Chile, Paraguay, Uruguay y Bolivia. A partir de 1964, en Colombia el conflicto armado interno imponía condiciones de gran vulnerabilidad para muchas poblaciones y en Centroamérica guerras civiles amenazaban los derechos de la población en El Salvador y Guatemala. Entonces, no era de extrañar que, al principio, la defensa de los derechos humanos fuera un tema prioritario y las organizaciones que ofrecían servicios legales en este tipo de casos fueron miembros activos de ILSA. Organizaciones, tales como CINEP y la Comisión Colombiana de Juristas en Colombia, la Comisión Andina de Juristas en Perú, La Vicaría de la Solidaridad en Chile, El Comité para la Defensa de los Derechos Humanos en Honduras (CODEH), y la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos en Ecuador. Muchas de estas entidades con su acumulación de experiencia de trabajo y su contacto permanente con la ciudadanía llegaron a expandir su enfoque tradicional de la defensa de los derechos humanos a incluir la educación, promoción y defensa de los derechos económicos y sociales con un abordaje comunitario.
Iniciativas como la del Instituto Popular de Capacitación, constituido en el año 1984, empezaron con el fin de “Ofrecer servicios de capacitación e investigación social a grupos y organizaciones comunitarias, a sectores populares; fomentar su promoción y proyección social, contribuir al intercambio de experiencias entre dicho tipo de grupos y organizaciones con proyección a la comunidad[6]”. Además,
el IPC consolidó su impacto a través de procesos de formación que ofrecían a las organizaciones sociales herramientas en comunicación, administración y política, contribuyendo al fortalecimiento de sus luchas. Queríamos acompañar al movimiento social y cultural desde una visión pluralista, no como una entidad adscrita a una organización política o partidaria. Este enfoque pluralista le permitió al IPC convertirse en una plataforma de resistencia frente a la violencia sistemática que enfrentaron los movimientos sociales en Colombia desde mediados de los años 80.[7]
Hoy día, el IPC reporta:
En nuestro trasegar, nos hemos acercado a los trabajadores organizados sindicalmente y a los movimientos urbanos que reclaman el derecho a la ciudad como las comunidades barriales; con la promoción de la participación de las comunidades en la construcción de su propio desarrollo y en la búsqueda del tratamiento de conflictos de manera no violenta. En este ámbito, desde la organización hemos promovido las políticas públicas para el desarrollo y la democracia local y territorial, los escenarios de transformación de conflictos, las expresiones de economía solidaria, la defensa del territorio y los derechos de la naturaleza, los escenarios para la democracia local, el control ciudadano a través de veedurías y observaciones electorales, y los derechos humanos y el tratamiento de la violencia en aras de una construcción de paz desde el contexto territorial.[8]
El Centro de Educación y Estudios Jurídicos QUERCUM, creado en Santiago, Chile, en 1984, empezó como
“una organización no-gubernamental dedicado a promover los servicios legales alternativos, la educación jurídica y la práctica del derecho por la comunidad, entendiendo que el derecho puede constituirse en un factor de desarrollo integral de la misma comunidad. Los criterios básicos para construir y ejercer un ‘derecho alternativo’ tienen que ver con la capacitación sostenida de los usuarios para crear y hacer valer sus propios derechos, con la resolución democrático de sus conflictos y con la participación de la comunidad en la gestión de sus propias condiciones de vida.
En tal sentido, parte importante del quehacer educativo de QUERCUM se expresa en la lucha por el ejercicio cotidiano de los derechos en los diferentes escenarios sociales. No sólo en los tribunales, aunque también el ellos, usando medios legales y también los propios de comunidades y organizaciones. La educación jurídica no es un saber discursivo, sino un aprender a ejercitar los derechos, y pretende que lo jurídico sea una dimensión significativa para resolver los conflictos y satisfacer las necesidades, sobre todo entre los pobres, los marginados y los discriminados. Contra el legalismo, el conformismo y el neutralismo de la cultura jurídica predominante, se busca una pedagogía de la justicia y el desarrollo propio, como aspiraciones irrenunciables de una sociedad democrática.
Con base en lo anterior, QUERCUM realiza su trabajo de educación jurídica popular, que se concreta en programas de capacitación a organizaciones y grupos populares, mujeres y jóvenes, programas de formación y entrenamiento de estudiantes universitarios y edición de materiales de difusión”[9].
El compromiso con las comunidades también sobresale en el trabajo del Centro de Investigación, Documentación y Asesoría Poblacional (Cidap) que participó en la red de servicios legales alternativos conformada por ILSA. Cidap fue fundada el 15 de noviembre de 1978, en Perú, con el propósito de trabajar en ámbitos urbanos donde la pobreza es el factor común que hacen lento y difícil el acceso a los derechos económicos, sociales políticos, culturales y ambientales de las poblaciones. Los proyectos realizados a lo largo de la vida de Cidap han sido desarrollados por equipos multidisciplinarios conformados por profesionales de sociología, derecho, ingeniería civil, arquitectura, ingeniería ambiental, comunicación y administración.
Estos ejemplos del encuentro del derecho con los movimientos sociales comunitarios dió lugar al reconocimiento de la necesidad de dar plena validez a la justicia comunitaria autogestionada y aplicada en sus entornos. En Colombia abogados y abogadas jóvenes, muchos de ellos trabajando con CINEP, se vincularon a las actividades de ILSA con esta propuesta que después llevó a la creación de la Red de Justicia Comunitaria y la Escuela para la Democracia y la Convivencia.
Por otra parte, la década de los setentas vio el auge de organizaciones dedicados a luchar por los derechos de las mujeres en América Latina y los servicios legales formaban parte de sus acciones. Recuerdo la participación en ILSA de la Casa de la Mujer en Bogotá y Flora Tristán en el Perú:
Casa de la Mujer - “Somos una organización feminista, legalmente constituida como una entidad sin ánimo de lucro. Nacimos en 1982, en un país en guerra y en medio de críticos casos de violencias contra las mujeres que no eran registrados por las fuentes oficiales ni reconocidos como violación a sus derechos. Desde 1982 hemos acompañado/impulsado iniciativas de la sociedad civil y de las organizaciones de mujeres, para que el diálogo político sea la herramienta para la terminación del conflicto armado interno. Hemos trabajado por la inclusión de las agendas de mujeres, en los procesos de diálogo desde la década de los 80. Nos interesa generar conciencia sobre la subordinación y múltiples discriminaciones que afectan a las mujeres; contribuir a transformar esas realidades y ganar autonomía. Para lograrlo, impulsamos procesos de acción-reflexión y transformación con las mujeres; la recuperación de la memoria histórica; el diálogo como mecanismo político y ético para la tramitación de los conflictos públicos y privados; impulsamos deliberación pública a favor de los derechos de las mujeres y de su autonomía; actuamos en la formulación/modificación y seguimiento de las leyes y políticas públicas para las mujeres; documentamos las situaciones de injusticias y violencias que viven; exigimos su participación y representación paritaria en la construcción de paz y de la democracia radical. Una de las áreas de trabajo de la Casa de La Mujer es Asesorías y acompañamiento psicosocial, legal y de fortalecimiento organizativo a grupos y organizaciones de mujeres[10].”
El Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán - “El Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán es una institución feminista creada en 1979 como una asociación civil sin fines de lucro. Buscamos una sociedad democrática fortalecida con igualdad de género y sin discriminación ni exclusión de ningún tipo. Una sociedad donde las mujeres en su diversidad puedan ejercer plenamente sus derechos y su ciudadanía. La institución despliega estrategias para promover transformaciones socio culturales y políticas, que beneficien a todas las mujeres, en los diferentes ciclos de sus vidas; pero especialmente a aquellas en situación de mayor vulnerabilidad, por su condición de pobreza, origen étnico racial, estado de salud, orientación sexual, identidad de género o por estar viviendo situaciones de violencia. El quehacer institucional se ha sostenido sobre estrategias de: incidencia, investigación, capacitación, asesoría, comunicación, servicios legales, producción, difusión de conocimiento y acciones de movilización social, con la finalidad de lograr cambios a favor de la igualdad de género y contribuir a la promoción, protección y ejercicio efectivo de los derechos humanos de las mujeres. El Centro Flora Tristán brinda un servicio de asesoría legal gratuito, dirigido a todas las mujeres, en su amplia diversidad, para que estas o sus familiares hagan consultas sobre las rutas de atención, los procedimientos y sus derechos. Se espera con ello promover el acceso a la justicia de las mujeres y vigilar el accionar estatal, promoviendo que este cumpla con la debida diligencia reforzada[11].”
Otro ejemplo interesante que ILSA conoció y apreció tuvo lugar en Colombia. Fue liderado por el Programa Acciones para Transformar las Condiciones Socio-Laborales del Servicio Doméstico en Colombia.[12] Dicho programa se inició en 1981 en Bogotá y posteriormente se extendió a las ciudades de Medellín, Cali, Barranquilla y Bucaramanga. El proyecto ofreció servicios de asistencia legal, impulsó la capacitación de la empleada doméstica en cuanto a su rol de trabajadora y de mujer, y buscaba comprender los diferentes aspectos del trabajo y de la vida de las empleadas para devolver a ellas mismas y a la sociedad, la realidad que iba descubriendo.
Entre 1985 y 1988 este programa, que era en realidad un proyecto de investigación-acción, logró acompañar y fortalecer al Sindicato Nacional de Trabajadores Domésticas SINTRASEDOM mientras se organizó legalmente y emprendió la demanda del cumplimiento del pago de la seguridad social para empleadas domésticas que por ley era una obligación desconocida e ignorada desde el año 1977. Mediante el crecimiento regional del sindicato, la organización de marchas para la presentación pública de las demandas, la concientización de la sociedad y el acercamiento al gobierno, en 1988 se logró la aprobación de la Ley 11 reconociendo el derecho de las empleadas domésticas a recibir el pago de la seguridad social. La reglamentación de la norma fue concluida en mayo del mismo año.
No sería justo terminar este listado de ejemplos sin reconocer a los avances significativos logrados en el campo del pluralismo jurídico en América latina. Los derechos de los Pueblos Indígenas, Comunidades Afrodescendientes, Pueblo Rom y Palanqueros es el resultado de organizaciones propias y de abogados y abogadas, tales como Ester Sánchez en Colombia y Raquel Irigoyen en Perú. Estos esfuerzos también han aportado sus importantes iniciativas y estudios para incorporar estos temas a la agenda de ILSA en Latinoamérica y el Caribe.
Uno puede trazar la evolución del concepto de servicios legales alternativos a través de dos escritos de ILSA. Identifico la primera presentación en Portavoz No. 38 enero-febrero 1994 de ILSA:
Desde la teoría crítica del derecho y las prácticas jurídicas populares por más de una década como Instituto Latinoamericano de Servicios Legales Alternativos-ILSA-, hemos transitado un camino de búsqueda, animación y divulgación constante de reflexiones y ejercicios novedosos del derecho.
Los servicios legales alternativos, las prácticas jurídicas populares, el uso alternativo del derecho, el derecho alternativo, el derecho insurgente, el pluralismo jurídico, los promotores jurídicos son sólo algunas de las expresiones de lenguaje común, y, más que eso, de una preocupación colectiva para quienes pensamos que el derecho y su ejercicio profesional tienen algo que aportar a los ideales de cambio social que nacen de las luchas cotidianas de los sectores excluidos de nuestra sociedad y de una revisión crítica y profunda de los conceptos que dieron origen y que están en la base de lo que conocemos como el derecho moderno.
El contenido de esas expresiones y el desarrollo de ese trascendental y ambicioso ideal (de cambio social) han tenido una multiplicidad de formas de ser llevados a la práctica. Una presentación y evaluación seria y detallada tienen que venir necesariamente de una discusión amplia entre los propios grupos de servicios legales. Por ahora nos atrevemos a caracterizar de manera esquemática (y por que no irresponsable) dos grandes tendencias políticas (en su contenido más amplio) presentes en los Servicios Legales Alternativos.
De un lado, están aquellos para quienes el trabajo jurídico popular debe dirigir sus esfuerzos hacia la ejecución real del Estado de derecho', con todas las garantías y oportunidades constitucionales y legales (en todo nivel) que postula. Y en esa ejecución real, las demandas de los sectores marginados encontrarán su realización. Es una definición de los servicios legales alternativos que tiene varios puntos de encuentro con el discurso de la "democracia participativa” y/o la ejecución o ampliación de vías para la participación popular. Es un llamado y “una lucha" para que el Estado cumpla con la legalidad que de él nace y más ampliamente con el supuesto pacto social.
Para otros el aporte de los servicios legales alternativos se debe dirigir a la identificación, apoyo y potencialización de regulaciones, muchas de ellas paraestatales y reconocidamente ilegales para el derecho del Estado, que florecen al interior de los conflictos y luchas sociales, y que bien pueden dar pistas para lo que podría ser otro orden social. En ellos pesa más la racionalización, desarrollo y permanencia de las condiciones históricas y las prácticas cotidianas del conflicto antes que el reconocimiento de sus demandas por parte del derecho oficial. De alguna manera, es una lucha constante por legitimar socialmente esas ‘normatividades’, no conformes con la ‘legitimidad que les pueda reconocer el Estado’. Desconocen y hasta le disputan al Estado, su condición de gendarme de un pacto social.
La discusión sobre realidad o no de esas inclinaciones políticas y sobre los matices que se dan al interior de éstas, así como sobre los alcances, límites y logros de cada uno de los entendimientos de los servicios legales alternativos y las formas de trabajo que impulsan está lejos de agotarse, por lo menos en lo que a la última década se refiere. Por el contrario, 1os posibles interrogantes acumulados que supondrían adelantar tan necesaria discusión, se le suman otros "nuevos" provenientes de los cambios económicos, políticos y sociales.
En segundo lugar, en el año 1996, con los insumos de la investigación regional llevada a cabo para elaborar el II Directorio de Latinoamericano Servicios Legales de ILSA, German Burgos, quien era miembro del equipo de ILSA, hace las siguientes observaciones en su artículo, Los Servicios Legales Populares y los Extravios de la Pregunta por lo Político.
Bajo los parámetros sociales, políticos y económicos modernos, todo proceso reinvidicativo de órden social, sea éste colectivo o individual cuenta, al menos coyunturalmente, con una dimensión jurídica, En buena parte, el accionar de los diversos movimientos sociales ha tenido que afrontar el terreno de lo jurídico ya sea apelando a la aplicación de la ley para la defensa de sus derechos, buscando la formalización de revindicaciones convertidas en derechos o apelando a la ley para resistir la represión utilizada comúnmente por los gobiernos en momentos de presión social organizada (Ardila, 1991[13]).
El terreno jurídico de las luchas sociales ha sido generalmento asumido por abogados(as) y organizaciones sensibles ante la permanencia de las, niveles de exclusion y marginalización social, económica, sexual, étnica, etc., que afrontan nuestras sociedades.
Buena parte del apoyo jurídico profesional en estos casos, parece basarse inicialmente en un compromiso personal y colectivo de orden ético por parte de los abogados(as) ante la ineludible dimensión jurídica de los conflictos sociales. Sin embargo, no siempre es evidente una reflexión sobre el papel y el sentido del Derecho en términos sociales y mucho menos con respecto a las luchas animadas por la necesidad de transformaciones sociales.
Una excepción a esta última afirmación ha sido la propuesta por un uso y entendimiento alternativo del Derecho, expresada en los Servicios Legales Alternativos (SLA). Para los abogados(as) y organizaciones vinculadas a esta propuesta, lo jurídico no es simplemente un terreno ineludible en el proceso reivindicativo de los movimientos sociales, sino un espacio estratégico y político con importantes posibilidades de promoción y avance en favor de la transformación social. Lo jurídico, que no lo legal, se plantean como un terreno básico para la promoción de organización y fortalecimiento social, a través de la interpretación alternativa de las normas vigentes, la crítica de las mismas, y la búsqueda de gérmenes de una normatividad alternativa a la oficial.
La ligazón consciente entre la acción jurídica y la promoción de organización social establece los puentes prácticos entre el uso del derecho y la acción política. Estos vínculos tienen una dinámica recíproca, en cuanto el trabajo jurídico con sectores populares depende del nivel de organización política y social de estas últimas pero a su vez se sustenta también en un trabajo jurídico no asistencial, ni puramente instrumental o meramente idealista.
Los vínculos recíprocos entre la dinámica política de las reivindicaciones sociales y la acción jurídica fueron posibles en un contexto propicio para ello. En cuanto al marco político, éste fue el de la lucha contra las dictaduras, el auge de los movimientos sociales, el renovado compromiso de la iglesia con los pobres y el referente común en favor de una transformación social generalmente anticapitalista. A nivel del accionar jurídico se iniciaron los primeros replanteamientos ante la posición mecanicista del derecho promovida por el marxismo y se notó el influjo de un análisis socio jurídico e interdisciplinario de la normatividad, todo esto en un ambiente de un hegemónico positivismo barato profesado por la mayoría de abogados y facultades de derecho.
El entrecruce entre el momento político y las preocupaciones progresistas dentro del entendimiento del derecho, abonó el terreno para los SLA, definiendo en parte sus principales rasgos. Estos se identificaron por su interés en casos de orden colectivo ligados a grupos organizados, el uso de acciones legales y extralegales, el análisis e interpretación multidisciplinaria y progresista del derecho y su compromiso in la transformación social desde el punto de vista de los actores marginados. Finalmente, no podemos desconocer que el vínculo ya mencionado tuvo condiciones excepcionales de posibilidad ante el boom de apoyo económico por parte de las agencias internacionales de desarrollo.
Hoy el contexto que abonó esta relación estrecha entre la acción jurídica y la política ya no es el mismo. El ambiente político sigue el camino de las democracias electorales y sus diversas formas de representación y participación, mientras los movimientos sociales tradicionales viven una crisis profunda donde no se vislumbran nuevas formas organizativas y se proscribe todo pensamiento crítico radical. Por su parte lo jurídico vive profundos cambios expresados generalmente en cambios constitucionales y reformas a los aparatos de justicia y su papel en la sociedad[14].”
Flávia Carlet: ILSA impulsó la creación de una red de servicios legales alternativos en un contexto histórico en el cual muchos países de América Latina todavía vivían en regímenes autoritarios o pasaban por procesos de transición democrática. ¿De qué forma esa coyuntura impactó positiva o negativamente la investigación y el trabajo de ILSA sobre la red? ¿Puede indicarnos qué pasó con los años, con ese trabajo de investigación y de apuesta de articulación de la red de servicios legales alternativos?
Annette Pearson: Mi trabajo en la Oficina Regional de América Latina de ILSA empezó en el año 1982 y se enfocó en la identificación de la oferta de servicios legales alternativos en la región para poder crear un intercambio de experiencias y estudiar las características de las entidades y sus servicios para las poblaciones priorizadas. Se avanzó en este empeño por medio de contactos directos y a través de profesionales de confianza en los diferentes países. Dado que las comunicaciones internacionales fueron difíciles por los contextos políticos y por la falta de medios oportunos y confiables, se programó viajes para llevar la representación de ILSA a las entidades y así poder establecer relaciones. Fueron varias visitas a los países de la región.
Como anécdota puedo contar que, en 1984 estaba en La Paz cuando se dio un intento de golpe de estado. Ya los militares habían cerrada el aeropuerto internacional. Por ende, tuve que salir, a toda rapidez, en taxi, a la frontera con Perú antes de que también cerraban esa salida. Afortunadamente, puedo llegar a Puno por tierra y tomé un tren de Puno a Tacna. De Tacna crucé la frontera con Chile para llegar a Arica y así logré volar a Santiago a tiempo para mis compromisos allí. En una de las primeras reuniones en Santiago, los colegas me entregaron un listado de palabras que no se podría usar en las reuniones programadas porque eran términos que la dictadura militar usaban para señalar a los subversivos. Por supuesto la primera palabra prohibida en esa lista fue “libertad”.
En ese ambiente, se avanzó en la tarea de saber quiénes estábamos usando los servicios legales alternativos para impulsar y validar los reclamos de los ciudadanos que el Estado no reconocía como sujetos de derechos y menos como comunidades forjadoras del futuro.
En el curso de 1983 y 1984, la oficina principal de ILSA, ubicada en Washington DC, empezó a transferir muchas funciones a la oficina en Bogotá. Las bases de una entidad interamericana fueron reubicándose en Colombia y el campo de acción de ILSA se reorientó principalmente a promover las actividades y los enlaces en América Latina y el Caribe. En junio, 1985 se realizó la Segunda Conferencia Regional en Villa de Leyva, Colombia, que tuvo como el tema principal “La Democracia, Participación y Servicios Legales Alternativos”. En el mismo año se llevó a cabo una reunión de programas del Caribe en la República Dominicana.
Con los insumos de 3 años de identificación de servicios legales alternativos y su integración mediante las visitas, las reuniones y el inicio del Boletín Portavoz de ILSA, se constituyó una red activa de intercambios y acciones conjuntas. También se produjo y circuló el primer Directorio de Servicios Legales de ILSA. El 18 de julio del 1985, se constituyo legalmente a la Asociación Interamericana de Servicios Legales ILSA en Bogotá con Presidente y Secretaria aquí mismo.
Luiz Otávio Ribas: ¿Podría explicar cómo la agenda de la participación en el proceso de desarrollo democrático contaba con líneas de financiamiento de la Fundación Ford, OXFAM-Caribe y Dakonia? ¿Cómo estas agencias de fomento incentivaban la agenda para transiciones democráticas, con oposición política no violenta a los regímenes anteriores?
Annette Pearson: Hasta donde recuerdo, la financiación internacional durante mi tiempo en ILSA llegó principalmente de CIDA Canadá, la agencia de apoyo internacional de Holanda, Caritas y Fundación Ford.
Annette Pearson
Abogada por la Universidad de Victoria en Nueva Zelanda, con un posgrado en Criminología por la Universidad de Cambridge, Inglaterra. Annette es asesora de la Dirección Ejecutiva de ILSA.
Freddy Ordóñez Gómez
Abogado, Especialista en Epistemologías del Sur, Magister en Derecho con profundización en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. Estudiante del Doctorado en Derecho de la Universidad Libre. Integrante del Instituto Latinoamericano para una Sociedad y un Derecho Alternativos (ILSA); miembro de Historia, Ambiente y Política, grupo de investigación categoría A1 de Minciencias, y del Centro de Pensamiento Amazonías (CEPAM). Docente universitario de pregrado y posgrado en Colombia.
Flávia Carlet
Doctora en Sociología Jurídica por el Centro de Estudios Sociales de la Universidad de Coímbra. Investigadora del proyecto "Impunidad por Asesinato en Masacres Rurales - 1985-2023" (UnB/MJSP). Actualmente es investigadora visitante en la Universidad de York, Canadá. También investiga la incidencia popular y las luchas territoriales de las comunidades quilombolas en América Latina. Colabora con la Red Nacional de Abogados Populares (RENAP) y el Instituto de Derecho, Investigación y Movimientos Sociales (IPDMS).
Luiz Otávio Ribas
Doctor en Derecho por la Universidad Estatal de Río de Janeiro (UERJ). Investigador del Instituto de Investigación, Derechos y Movimientos Sociales (IPDMS).
[1] Actualmente, el ILSA se denomina Instituto Latinoamericano para una Sociedad y un derecho Alternativos. Disponible en: https://ilsa.org.co/
[2] Alfonso Reyes Alvarado, Universidad de Los Andes, Revista de Ingeniería, No 45, 2017, pp. 96-101.
[3] Informe de la Primera Conferencia Sobre Organización y Prestación de Servicios Legales en Latinoamérica y el Caribe de la Asociación Interamericana de Servicios Legales ILSA San José, 13-17 de octubre 1981.
[4] Comité Jurídico Interamericano.
[5] Editado por Instituto Popular de Capacitación, la Red de Justicia Comunitaria y Corporación Región, Medellín, 2000.
[6] Ministerio de Justicia, República de Colombia, Resolución No. 1467 del 18 de julio del 1984, por lo cual se concede una personería jurídica.
[7] Periódico El Espectador, Justicia Inclusiva “Instituto Popular de Capacitación: 40 años de compromiso con la justicia social”, 4 de diciembre, 2024.
[8] https://ipc.org.co/conocenos/#historia
[9] “QUERCUM-Chile Pinceladas de un quehacer en educación jurídica popular”, Portavoz Número 38 enero-febrero, 1994, Boletín de Programas de Servicios Legales en Latinoamérica y el Caribe, coordinado por ILSA, p. 29 Manuel Jacques Parraguez fue Fundador y Director de QUERCUM (1984-1998) y Presidente de ILSA (Instituto Latinoamericano para una Sociedad y Derecho Alternativo – Sede Bogotá, Colombia. (2001 – 2015)
[10] https://casmujer.com/casamujer2017/#quienes-somos
[11] https://www.flora.org.pe/
[12] Magdalena León, “Lucha por la seguridad social de la trabajadora doméstica”, ILSA El Otro Derecho No. 2, enero del 1989, p.107.
[13] Edgar Ardila, La Acción Jurídica Radical. Aporte al Trabajo Jurídico Popular de América Latina en los 90s, El Otro Derecho, No.3, Editado por ILSA Bogotá, 1994.
[14] El Otro Derecho No.21 de ILSA, pp. 10-11.